Es un contrato por virtud del cual una empresa se compromete a vender exclusivamente sus productos a otra empresa en un determinado territorio, con fines de reventa de los mismos. Resulta importante aclarar el concepto de “reventa”, que en el presente caso significa vender los bienes en el mismo estado en el que se encontraban cuando fueron suministrados, es decir, sin ningún tipo de transformación o alteración alguna por parte del distribuidor.
La remuneración de la empresa distribuidora no consiste en una comisión sino en la diferencia entre el precio de compra del producto y el de reventa del mismo.
Características generales
Los contratos de distribución son acuerdos mediante los que los fabricantes organizan la comercialización de sus productos por medio de intermediarios que realizan el trabajo de ventas (venden el producto), de forma que se permita a una empresa concentrar la venta de su producción.
Estos contratos permiten mejorar el sistema de distribución, toda vez que la empresa fabricante no necesita mantener una numerosa red de vendedores, limitándose a vender sus productos a sus distribuidores exclusivos en cada territorio.
Lo característico de este contrato es la concesión de un territorio con carácter exclusivo o no para la venta de los productos contractuales.
Por: Luis Aldo López Tassara
Fuente: El Peruano




